08 junio 2011

Informe sobre Ley de Caducidad, prescripción, CIDH



El pasado 6 de junio del 2011, el abogado experto en derechos humanos Dr. Juan Errandonea, participó de una charla abierta en la Sede de Crysol donde se valoraron los caminos posibles a seguir para eliminar la impunidad que pesa sobre los uruguayos.

Veamos como estamos parados hoy con respecto a la Ley de Caducidad, CIDH y prescripción.

Hace unos años El juez Luis Charles procesa y condena a Gavazzo y Arab a 25 años de penitenciaría por 28 homicidios muy especialmente agravados, vinculados al 2º vuelo. La fiscal Mirtha Guianze, en el juicio, pide que se condene por “desaparición forzada” ya que estás 28 personas aún siguen desaparecidas. Guianze apela la sentencia para que el Tribunal de Apelaciones se pronuncie, porque es obvio que la desaparición forzada es una figura que está prevista en los tratados internacionales y fue incorporada por ley en el Uruguay a partir de 25 de setiembre del 2006.

El Tribunal de Apelaciones, no hace lugar y ratifica la sentencia en 1º instancia. Guianze interpone un pedido de Casación ante la SCJ (esto hace casi dos años) y ésta se pronuncia recientemente, por mayoría 4 a 1 ratificando nuevamente la sentencia de condena por homicidios especialmente agravados.

Cuatro cosas que se pueden hacer hoy en el corto plazo que nos queda:

1º) La preocupación y tarea que debemos tener quienes exigimos eliminar la ley de impunidad es conseguir que el Parlamento apruebe una ley con respecto a los plazos de prescripción. No nos podemos distraer de ese objetivo ya que no se puede aprobar una ley después que el plazo prescriba.

Se puede solucionar de varias maneras: prorrogando los plazos (hay argumentos valederos), o que por ley se entienda que son delitos de lesa humanidad o una tercera posibilidad que es que la prescripción se corte con la presentación de la denuncia y no con la orden judicial, el arresto y procesamiento.

Sabemos que no es lo mejor, pero se nos vienen los plazos encima y realmente corremos peligro, porque después que pase el 1º de noviembre, aunque la SCJ se exprese dentro de 1 o 2 años, no se puede hacer renacer el plazo de prescripción.

2º) El fallo de la CIDH, no le exige al Estado uruguayo que “debe anular la ley de caducidad”, lo que dice es que la ley no puede constituir un obstáculo para la investigación y el castigo de los responsables en el caso Gelman (Si Uruguay no cumpliera con la resolución de la CIDH la Corte comunicará a la asamblea de la OEA - Organización de Estados Americanos - que decidirá y hará efectivas las sanciones correspondientes.).

Resulta imprescindible que el Poder Ejecutivo resuelva y decida que va a hacer con el fallo de la CIDH, porque hasta ahora no han hecho nada. El gobierno puede marcarle el paso a la SCJ para que ésta, de oficio, asuma competencia. El artículo 239 de la Constitución establece que la SCJ es competente para resolver todo lo que tiene que ver con tratados internacionales. El Dr. Alberto Pérez Pérez dice que, como este paso surge de un organismo internacional, es obligatorio para Uruguay y la SCJ es competente para resolver que se hace con ese caso concreto, con la ventaja que se podría dictar una sentencia genérica que dijera que este paso es obligatorio para el Estado uruguayo, por lo tanto no puede ser, la ley de caducidad, un obstáculo para que se realicen investigaciones para todos los casos, además de las reparaciones, búsquedas, etc.

3º) Que el Poder Ejecutivo desarchive las 89 causas que fueron archivadas. Esto es simplemente un acto administrativo y lo puede hacer sacando una resolución que reúna todas las causas, las desarchive y las remita a los juzgados correspondientes. También se puede hacer caso por caso a pedido de los interesados.

4º) Dar el paso de derogar la Ley de Caducidad. Derogar no es perdonar, es dejar de existir y a esta altura y con los plazos establecidos, no podemos seguir dando vueltas con la anulación o los plebiscitos que ya dieron lo que pudieron dar. ¡Urge una solución inmediata!, y se puede hacer un solo paquete con estas cuatro medidas:

a) Prórroga de los plazos de prescripción.
b) Que el gobierno decida que hacer ante la CIDH.
c) El desarchivo de todos los casos.
d) Dar el paso a la derogación, que nos permitiría seguir avanzando.

No es lo deseado por nosotros, pero si tenemos éxito con el desarchivo de todas las causas, si tenemos éxito con la aplicación del fallo de la CHID y si se prorrogan los plazos y podemos seguir tramitando las denuncias penales, y si además, se consigue reclutar alguien más que no sea solo el Frente Amplio para dicha derogación, el efecto que tendría sería un efecto político muy importante. Además, las nuevas denuncias ya no tendrían que depender del P. Ejecutivo de turno, porque se presentarían directamente al juzgado (independencia de Poderes)

Lo que está faltando y es muy necesario, es que los tres Poderes del Estado aparezcan alineados. No es bueno que se le cargue las culpas solamente a la SCJ, facilitando así el camino a la derecha, cuando hace apenas poco tiempo atrás hubo una importante señal de ésta, pronunciándose en tres oportunidades por la inconstitucionalidad de la ley, siendo un duro golpe para la oposición. Mientras el Poder Ejecutivo tomó una actitud de trámite, cuando se le consulta y excluye los casos de la ley; cuando el Parlamento estuvo un año apegado a la ley interpretativa y no ha logrado nada; el Poder Judicial ha tenido un avance, y el gobierno lo está dejando solo. Todas las señales políticas que le llegaron a la Corte desde el Ejecutivo y el Parlamento, no la alentaron en absoluto a dar otro paso hacia adelante.

No es un tema solamente jurídico, es un tema esencialmente político.

Que el parlamento, con una mayoría relativamente importante, derogue la Ley de Caducidad es un hecho político y un claro mensaje a la SCJ que hasta ahora el poder político no ha enviado.

Al contrario, han pasado cosas terribles, desde el discurso del Presidente Mujica en Las Piedras u otro tipo de señales como la visita del mandatario a Dalmao en el hospital militar (Si bien Dalmao era alférez, 15 días antes de la muerte de Nibia Sabalsagaray quedó como sustituto del capitán S2 a cargo del batallón y firmó el parte falso de la víctima), o la señal que da E. Huidobro cuando dice que Dalmao “se comió un garrón” porque “los alférez no torturaban” cosa que no es cierto, está comprobado que si lo hacían. Estas son las señales que el poder político le manda al Poder Judicial.

Hay que dar vuelta lo que hizo Sanguinetti en el 86 con la ley de caducidad. Sanguinetti no hizo simplemente un trámite, metió todo el peso del gobierno, del Partido Colorado y del Partido Nacional con los que llegaron a un acuerdo, y con eso metió presión a la SCJ y consiguió que por 3 a 2 la Corte del año 88 declarara que la ley era constitucional. No es lo mismo para los jueces de la Corte resolver cuando hay determinada presión política, cuando no hay presión o cuando la presión viene en sentido contrario.

Posiblemente si se prorrogan los plazos de prescripción, no faltará quien ponga el grito en el cielo y presente un recurso de inconstitucionalidad, pero la constitución y los tratados internacionales no dicen nada con respecto a la prórroga de los plazos de prescripción. Lo que dicen es que, “no se puede retroactivamente, crear una conducta que era lícita hace años atrás y aprobar ahora una ley para decir que no era delito o viceversa”. Quien lo dice es el Código Penal, pero éste es una ley como cualquier otra y puede ser modificada, y en este caso hay argumentos justificados ya que hubo al menos 18 años de una denegación real y efectiva que impedía que los ciudadanos pudieran hacer denuncias o investigar, eso no solo es violatorio sino es una causal de justificación porque no pueden correr los plazos de prescripción cuando el ciudadano está impedido de actuar.

Se puede avanzar aunque la ley no sea anulada y si derogada. Es preocupante el seguir reclamando la anulación ya que a esta altura nos debilita, porque en vez de acumular fuerzas para conseguir el éxito del objetivo, nos seguimos dando contra la pared siguiendo una estrategia que no ha dado resultado. Debemos y podemos avanzar por otros caminos porque se puede, se ha estado haciendo con la ley vigente, lo lograremos si podemos aplicar el paquete de los cuatro puntos en conjunto.

No hay nada que impida seguir adelante, no tenemos que cerrar ninguna puerta o declararnos derrotados. Los casos seguirán su curso y con este paquete de medidas, cabe la posibilidad que con el transcurso del tiempo una Corte los declare de lesa humanidad y sean juzgados y condenados como tal.

Los crímenes cometidos por el Estado son de lesa humanidad y no prescriben, pero tampoco, según la legislación internacional, se pueden beneficiar con una amnistía. Se trata de terminar con el atropello criminal que viola una de las más sagradas conductas del ser humano, la de honrar la vida y enterrar a sus muertos. Devolveremos la dignidad a todas las víctimas recorriendo los caminos necesarios para un juicio justo y efectivo.

Marys Yic
Junio 2011


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