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26 abril 2010

España: La mayoría de los juzgados territoriales han dado carpetazo a los expedientes remitidos por Garzón




Los jueces, presionados por el Supremo, archivan las investigaciones de los crímenes del franquismo.

“Después de lo que está ocurriendo con Baltasar Garzón qué juez en España se va a atrever a abrir una fosa”, dice Manuel Perona, presidente de la Asociación de Cataluña para la Recuperación de la Memoria Histórica. “En España no hay un solo juez ni juzgado competente para investigar estos crímenes”, lamenta Marçal Isern de Temps de la Memoria. “Los jueces están siendo coaccionados por el Supremo”, afirma el abogado Fernando Magán.

Desde que Garzón se inhibiera en noviembre de 2008 a favor de los distintos juzgados territoriales la mayoría de los expedientes (46 de 60) han sido archivados. La falta de un pronunciamiento claro del Tribunal Supremo sobre la cuestión de competencia y el proceso abierto contra el magistrado ha derivado en una disparidad de actuaciones en los procedimientos abiertos. Dos juzgados, el de Granada y el del San Lorenzo de El Escorial mantienen que la competencia para investigar los crímenes de la dictadura la tiene la Audiencia Nacional. Otro, el de Benavente (Zamora) ha sido el único hasta ahora que se ha declarado competente y ha procedido a la exhumación. La mayoría ha aceptado la inhibición y ha dado carpetazo al asunto sin llamar a ningún testigo a declarar. Y es que no hay autoridad judicial en España que quiera hacerse cargo de los miles de cuerpos enterrados en las fosas clandestinas.

150.000 DESAPARECIDOS

Lo que se dirime en el fondo de la llamada ‘causa Garzón’ o ‘causa contra el franquismo’ o ‘causa de la memoria histórica’ no es más que la ‘causa de las fosas’. En España existen más de dos mil fosas clandestinas y decenas de miles de desaparecidos. Sólo en el auto emitido por el juez de la Audiencia Nacional con fecha 16 de octubre de 2008, figura la cifra de 114.266 muertos pero la estimación de los peritos es de alrededor de 150.000 cuerpos enterrados. Las denuncias partieron de los familiares de las víctimas.

El crimen a investigar es de un delito de detención ilegal, de desapariciones forzadas, que se enmarcan en la categoría de crímenes contra la humanidad. Como dice el citado auto en relación a la guerra civil los responsables de la insurrección armada llevaron a cabo un programa de exterminio “acompañado del ocultamiento sistemático de los cuerpos, de modo que los familiares no pudieran ubicar el lugar de inhumación”. Esos hechos son precisamente los que determinaron la apertura de la investigación por parte de Garzón del paradero de miles de personas detenidas y aniquiladas por el régimen franquista.

Hasta la entrada en vigor de la Ley de Memoria Histórica de 2007 la autoridad competente y única eran los jueces y también los ayuntamientos cuando se trataba de cementerios en los que se actuaba por vía administrativa. Hace ya años que en España se está procediendo a la exhumación de fosas pero la novedad aportada por la nueva normativa impulsada por el Gobierno del PSOE es que abre la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan proceder a las exhumaciones a través de un protocolo. Sin embargo, las víctimas del franquismo exigen que se proceda por vía judicial y que se investiguen los crímenes por detención ilegal y desaparición forzada tal y como estableció Garzón.

“Se trata del mismo delito cometido en distintas partes del territorio. No hablamos de asesinatos, hablamos de desapariciones”, resalta la letrada Elena Reviriego, que critica la actuación de la Audiencia Nacional por no haber asumido la ‘causa general’ dando lugar a un sinfín de resoluciones dictadas por los juzgados territoriales.

CATALUÑA (3.338 VÍCTIMAS)

“En Cataluña no se ha hecho ninguna exhumación por orden judicial y los intentos hasta ahora han sido inútiles” afirma Manuel Perona. Se estima que en esta comunidad haya más de 200 fosas y más de 3.000 peticiones de familiares de desaparecidos. Los dos casos derivados por Garzón han caído en saco roto. El juzgado no se ha puesto en contacto con las víctimas. El Govern aprobó una ‘ley de fosas’ para recuperar los cuerpos que obliga a comunicar a los juzgados la orden de exhumación. También disponen de un censo y de un mapa de fosas pero los únicos desenterramientos llevados a cabo se han hecho por vía administrativa. Las víctimas sostienen que la apertura de una fosa es competencia judicial.

MALLORCA (1.486 VÍCTIMAS)

“Las exhumaciones están judicialmente paradas. No hay ningún tribunal competente. Las fosas no se pueden tocar. Los recursos se desestiman. No hay voluntad política. El apoyo de las instituciones es nulo”, explica Marçal Isern. Las dos causas abiertas en las Islas Baleares son por las fosas comunes de Porreres y Calvía. Ambas han sido desestimadas por la Fiscalía. El asunto está en manos de la Audiencia Provincial y las asociaciones de víctimas están dispuestas a llevarlo al Constitucional. Los juzgados se niegan a investigar por un delito de lesa humanidad sino por delitos de asesinato que ya habrían preescrito.

ANDALUCÍA (42.131 VÍCTIMAS)

“La responsabilidad es del Estado. Los jueces tienen que actuar. Algunos no han entrado ni a pronunciarse, no contestan. Hay un abanico de actuaciones, cada uno interpreta la ley como mejor le parece”. Lo dice Manuel Velasco, presidente de la Asociación “Guerra-Exilio y Memoria Histórica de Andalucía, región en la que hay más de 600 fosas localizadas. El Gobierno de la Comunidad está elaborando el mapa de fosas de las ocho provincias andaluzas que luego se integrarán en el mapa estatal del Ministerio de Justicia. El juzgado de Granada, donde se encuentra la causa de Federico García Lorca, rechazó la inhibición de Garzón y está pendiente del pronunciamiento del Supremo sobre la cuestión de competencia. No obstante sí se procedió a la exhumación de la fosa de Alfacar (donde al final no se encontraron los restos del poeta) por vía administrativa.

VALENCIA (29.034 VÍCTIMAS)

“Buscar a los desaparecidos es una obligación del Estado. Entendemos que se debe proceder por orden judicial en la exhumación de fosas”, afirma Empar Salvador del Fòrum per la Memòria del País Valencià. En el cementerio de Valencia hay seis fosas comunes. Garzón ordenó la exhumación de tres de ellas. La causa es archivada en aplicación de la ley de Memoria Histórica y de la Ley de Amnistía. El asunto llega a la Audiencia Provincial, también la causa de Orihuela en Alicante y después al Constitucional que no admite a trámite el recurso de amparo de los familiares de las víctimas.

MADRID (3.424 VÍCTIMAS)

“En Madrid se paralizaron las exhumaciones cuando se tocó el Valle de los Caídos”, asegura Fernando Magán. La causa va camino del Tribunal Constitucional después de que la Audiencia Provincial rechazara el pasado mes de diciembre los dos recursos de apelación presentados por familiares de dos de las víctimas negando que se tratara de crímenes contra la humanidad. Uno de ellos es resultado de la denuncia por un bebé supuestamente “robado” en la maternidad de O’Donnell. La Audiencia anula la causa llega a argumentar que “la desaparición del bebé no puede estar inmersa en los supuestos de la llamada Memoria Histórica al ocurrir en 1964 y por tanto fuera del lapsus temporal de lo que se consideró propio de la represión realizada durante la guerra civil y los años siguientes”.

VARIOS AVISOS DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL

En este sentido hay que recordar que el periodo de estudio que estipuló Garzón va desde del 17 de julio de 1936 a diciembre de 1951, pero la represión continuó hasta el final de la dictadura y de hecho el juez no cierra la posibilidad de que se puedan investigar delitos posteriores a la década de los 50. En la querella por genocidio presentada en Argentina por familiares de las víctimas la causa se amplía hasta 1977.

En Extremadura (9.486 víctimas), los cuatro juzgados que recibieron el encargo de Garzón han archivado las causas. La exhumación de fosas se ha paralizado en el último año. Igual sucede en Galicia (7.000 víctimas), donde los familiares amenazan con llegar al Constitucional. En Burgos (Castilla y León, 14.660 víctimas), la causa está en la Audiencia Provincial.

En el último año distintos organismos internacionales han instado a España a “continuar e incrementar sus esfuerzos para ayudar a las familias de las víctimas a esclarecer la suerte de los desaparecidos, identificarlos y obtener las exhumaciones de sus restos” (Comité contra la Tortura). También han mostrado su preocupación por “los obstáculos con que han tropezado las familias en sus gestiones judiciales y administrativas para obtener la exhumación de los restos y la identificación de las personas desaparecidas” (Comité de Derechos Humanos).

Fuente: La República de España


20 abril 2010

¿”Guerracivilismo”?: Derechos Humanos




Una de las mentiras más recurrentes por parte de la virulenta reacción del tardofranquismo en estos días de abril, es la de decir que los grupos de memoria o uno u otro personaje – el próximo de la fila a perseguir – está lanzando discursos o consignas "guerracivilistas" cuando pide el enjuiciamiento penal de los crímenes del franquismo y la restitución de los desaparecidos a sus familias, de las propiedades saqueadas, etc...

...Y hasta sería motivo de bromas y parodias, como en alguno de los programas de humor de televisión de estos días, si no diera tanta vergüenza ver a quienes, desde argumentos y motivaciones puramente políticas y de mala conciencia, toman el ataque y la descalificación como la mejor defensa pretendiendo descalificar argumentos puramente jurídicos.

Resulta que los que politizamos y los “guerracivilistas” somos los que queremos que se de normal cumplimiento de dichos tratados internacionales. Ver para creer. Pero si nos fijamos en lo que dicen tales voces el único argumento jurídico que se repita una y otra vez es "ley de amnistía" y delitos "prescritos"... aunque el derecho penal internacional deja claro hasta la saciedad que ninguna ley de amnistía es aplicable para este tipo de crímenes, crímenes que tampoco prescriben...estoy hablando, y lo hago muy resumidamente, del Convenio Europeo y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles - firmado por cierto por España su artículo 15.2 antes de la aprobación de ley de amnistía lo que ya perse la invalidaría en su pretensión incluso si las leyes de amnistía no fuesen papel mojado ante este tipo específico de delitos - la jurispurdencia de Nuremberg proclamada como norma internacional por la Asamblea General ONU, el Comité Internacional de Derechos Humanos, los instrumentos ONU contra las desapariciones forzadas, la Comvención ONU contra la imprescriptibilidad y por la perseguibilidad de estos crímenes que obliga a todos los Estados, los principios ONU de lucha a la impunidad, los relativos al derecho a la reparación a las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos... y todavía más...

Y a partir de ahí los que no tienen un sólo argumento jurídico más - normal, es que simplemente no los hay y por eso estos crímenes se han ido juzgando sin escapatoria posible en todo el planeta en las últimas décadas – basan el resto de su argumentación en chascarrillos y argumentaciones de tipo político, invocando la sensatez, el dejar a los muertos estar, los cuatro millones de parados... - ¿el derecho al trabajo se opone a que nuestro Estado respete los derechos humanos?, lo primero que oigo - y se atreven a descalificar diciendo que "politizamos" que somos unas revanchistas y no sé que más. Aquellos que carecen de argumento jurídico alguno oponible al deber universal y de Estado de investigar estos crímenes recurren a la descalificación, a lo que sea, con tal de no sacar a la luz el genocidio de Franco y lo que viene detrás: devolver todo lo robado con las manos manchadas de sangre por los gloriosos cruzados, exactamente como les ha venido pasando a los nazis con la restitución de propiedades, obras de arte e inmuebles en toda europa en las últimas décadas que es lo que dicen las Convenciones de la Haya, de Ginebra...

Lo siento, no. Enjuiciar el franquismo, localizar a todos los desaparecidos, a todos – a los de las fosas de Franco, a los niños perdidos, a los desaparecidos en combate en las tierras altas del Ebro y otros escenarios contra la Convención de Ginebra – no es guerracivilismo, es lo propio de lo que debiera ser un Estado de Derecho, es dar normal cumplimiento a los tratados internacionales ratificados por nuestro país. En especial a los derechos humanos piedra de toque, ser o no ser de todo Estado que quiere llamarse Democrático y de Derecho.

Porque si durante el genocidio franquista se cometió al menos veinte formas distintas de crímenes de guerra, contra la paz y contra la humanidad – veinte, sí, veinte, no “tan sólo” la concreta modalidad de las desapariciones forzadas que ni siquiera se quieren reconocer como tal – nuestra democracia lleva 35 años negando hasta 10 derechos humanos distintos de las víctimas de todos esos crímenes franquistas:

1- El derecho derivado del artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos dentro de su responsabilidad en la protección de la vida de los ciudadanos: que el Estado emprenda una investigación judicial, efectiva e independiente ante la comisión de cualquier asesinato; mucho más si se da la participación de agentes del Estado.

2- El derecho a la justicia: el derecho a que el Estado derribe el muro de impunidad y olvido y persiga y condene penalmente a los criminales, y las víctimas obtengan una reparación conforme prevé la ONU respecto a las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos.

3- El derecho a conocer la verdad de lo sucedido, en primer lugar como derecho de víctimas y familiares pero también en conexión al derecho a la información por parte de la ciudadanía española y del conjunto de la humanidad dada la dimensión internacional de estos crímenes.

4- El derecho a conocer el propio nombre e identidad y a la propia personalidad jurídica, ¿qué menos que eso como expresión de la dignidad inalienable de todo ser humano y su derecho al libre desarrollo de su personalidad?.

5- El derecho a la vida familiar. A poner fin a su duelo, a tener un lugar donde sepan que sus restos reposan dignamente. A recuperar a los niños perdidos, desaparecidos en vida, a recuperar los lazos familiares truncados por la Dictadura.

6- La prohibición de toda forma de “trato inhumano y cruel” que representa el desentendimiento de nuestra justicia respecto del sufrimiento de los que esperan, el trato “degradante” a los restos mortales de seres humanos enterrados como perros en fosas clandestinas tal y como han reiterado el Tribunal Europeo, la Corte Interamericana y el Comité Internacional de Derechos Humanos

7- El derecho al honor de las familias de los fusilados, perseguidos, represaliados mediante actos criminales de mera apariencia jurídica que no pueden seguir siendo insultadas cuando nuestros representantes las llaman públicamente como “sentencias”, ya que no cometieron ningún crimen.

8- El derecho a la propiedad privada, de los expoliados por el franquismo. Se robaron tierras, inmuebles, papel moneda, pertenencias personales…deben dejar de estar en posesión de los familiares de los genocidas y ser restituidos a las familias de sus legítimos propietarios.

9- El derecho a un “recurso efectivo”, no meramente teórico o existente sobre el papel, ante los tribunales, en especial en caso de la violación de los derechos humanos.

10- El derecho a la no discriminación en la aplicación del ordenamiento jurídico. En España justo el problema es que no todos somos iguales ante la ley como dice Rajoy para justificar el juicio a Garzón: las víctimas del franquismo nunca lo han sido, continúan siendo discriminadas como colectivo definido dentro de nuestro propio Estado, y por eso se continúa incumpliendo todos estos derechos humanos.

Y por eso, además de cumplir con todos esos derechos humanos uno por uno expresados, nuestro Estado monárquico debe pedir perdón a todas esas víctimas para las que el Jefe del Estado nunca ha tenido tiempo en los 35 años que están a punto de conmemorarse: a todas esas familias se les debe una petición pública de perdón y un reconocimiento de responsabilidades antológica para pasar a cumplir, de inmediato, con todo lo que hoy incumple: verdad, justicia y reparación.

No hablamos de uno o dos derechos humanos descuidados – ya sería criticable – hablamos de diez. No hablamos de diez, de cien víctimas de violaciones de derechos humanos – igualmente inaceptable – hablamos de decenas de miles directamente afectados por los 350.000 asesinados sepultos o insepultos de Franco, los expropiados, los niños perdidos, los trabajos forzados y todos los demás…

Y difícilmente puedo transmitir aquí para cualquier ciudadano que no conozca de cerca toda esta situación de las víctimas el grado de hartazgo ante el constante regateo de derechos fundamentales incuestionables, ante tanta canallada del Estado Monárquico “atado y bien atado”, que a muchos ya ha dejado de valernos, sus excusas, sus justificaciones a su democracia incompleta. Ha dejado de valernos como un marco decente en el que vivir o en el que nos planteemos que queramos que vivan nuestras familias, marquesado de Queipo de Llano, de San Leonardo de Yagüe, de Arias Navarro, Ducado de Mola y todos lo demás incluidos; y vamos a empezar a considerar a este Estado como lo que está demostrando que es y como se merece, y a llamar las cosas por su nombre: Señores de Zarzuela, de Moncloa y del Consejo General del Poder Judicial, cumplan ustedes con todos esos derechos humanos y con todos los deberes de "verdad, justicia y reparación" y déjense de gaitas; a ver si, por una vez, acuden sin más al artículado y jurisprudencia aplicativa de esos tratados de derechos humanos – publicados en internet, en todos los idiomas y accesibles con el Google, no es difícil dar con ellos – y se limitan a intentar aplicarlos en vez de contarnos más historias e intentar rodearlos.

Mientras tanto que mientan, que manipulen, que hablen de revanchismos, de guerracivilismos y de lo que quieran que, antes o después, conseguiremos dentro o fuera de España un poco de justicia y que esos derechos humanos tengan que ser respetados por los mismos que hoy los niegan y los regatean sin empacho.

Que eso que lo único que se ha pedido en la Audiencia Nacional, que paradoja, ante toda esta reacción desmesurada del tardofranquismo, la persecución de Garzón y todo lo demás: el normal cumplimiento de los derechos humanos para estas personas tal y como se cumplen en el resto de Europa ...es nuestro propio Estado monárquico el que se ha encargado solito de dejar en evidencia cuales siguen siendo en la actualidad sus hipotecas y las líneas rojas que no nos va a permitir cruzar...“Fuere yo de otro sitio, de otro sitio cualquiera”, que decía Blas de Otero, su poema, el que siempre anda a vueltas, España.

Algo ha empezado a cambiar tímidamente en este mes de Abril en la conciencia y percepción general de nuestras instituciones que decían ser democráticas y que una significativa parte de esta sociedad ya no se cree mientras este Estado monárquico – "Estado de Derecho", lo siento, ya no me resulta posible seguir llamándolo – y sus instituciones pretenden decirnos que todavía no toca...todavía no toca treinta y cinco años después...

Las cosas ya no van a ser igual a partir de ahora para los altos responsables del Reino de las fosas que, en su plácida quietud cotidiana, le han tratado de hurtar a miles y miles de víctimas del franquismo sus derechos humanos inalienables y hasta la conmovedora restitución de los pobres restos mortales de los suyos.

Miguel Ángel Rodriguez Arias*

*Miguel Ángel Rodríguez Arias es profesor de Derecho Penal Internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, autor del libro "El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad" y otros trabajos pioneros sobre desapariciones forzadas del franquismo que dieron lugar a las actuaciones de la Audiencia Nacional.

Fuente: La República.es





13 mayo 2009

Comunicado de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos





Montevideo 12 de mayo 2009


COMUNICADO DE PRENSA


Ante el proyecto de “ley de reparación” remitido por el Poder Ejecutivo al Parlamento Nacional, Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos-Desaparecidos, expresa:

1.- El proyecto constituye un avance en el camino de la reparación adeudada a la víctimas del terrorismo de Estado y del así llamado “actuar ilegítimo del Estado”. La reparación integral a todas las víctimas de las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la última dictadura cívico-militar y los años previos, ha constituido una reivindicación constante de Familiares. En tal sentido, consideramos que el proyecto de ley a estudio constituye un paso adelante.

2.- Sin perjuicio de lo anterior, Familiares considera que el texto propuesto no recoge todos los elementos que, de acuerdo a los estándares internacionales (resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 60/1247) y a las históricas luchas de las organizaciones sociales, significan una reparación integral. En efecto, el proyecto a consideración omite importantes medidas reparatorias que debieran ser incorporadas en una ley que pretenda ser efectivamente integral en cuanto a la reparación.

3.- Por todo ello, Familiares reitera una vez más su reclamo de una ley que contemple todos los aspectos de una reparación integral y, consecuentemente, compromete su esfuerzo y colaboración para perfeccionar y profundizar el actual proyecto a estudio del Parlamento.

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos-Desaparecidos


FEDEFAM-Uruguay







02 enero 2009

El Estado uruguayo pedirá perdón y reconocerá que cometió delitos de lesa humanidad





Por primera vez, el Estado reconocerá que cometió crímenes de lesa humanidad. Lo establecerá en una ley que llegará al Parlamento en marzo. Además, resarcirá a quienes padecieron cárcel, exilio, persecución ideológica y a los familiares de los detenidos desaparecidos.


Ricardo Portela


Por primera vez, desde hace 23 años, desde el retorno a la democracia y en una ley que ingresará al parlamento a principios del próximo mes de marzo, el Estado se hará, y por escrito, "único responsable de haber cometido crímenes de lesa humanidad" y de haber propiciado el "terrorismo de Estado" en el período de tiempo que duró la dictadura en nuestro país: desde el 9 de febrero de 1973 y hasta el 28 de febrero de 1985.

También pedirá "perdón" por las violaciones cometidas a los Derechos Humanos e institucionalizará el 11 de abril como el "día nacional de la memoria" fecha en la que se tiene conocimiento como el primer exterminio masivo en el Uruguay proveniente del Estado, cuando el general Fructuoso Rivera llevó a cabo la masacre de indígenas en Salsipuedes tras haberlos convocado con el aparente y luego falso pretexto de buscar la pacificación nacional.

Es una ley que contendrá además reparación asistencial y económica hacia un universo de uruguayos que, hasta el momento, no habían sido tenidos en cuenta en las leyes que ya fueron sancionadas y que contienen, en su espíritu, resarcimientos de índole previsional a aquellos detenidos políticos durante la dictadura cívico militar como la ley Nº 18.033 o aquella otra anterior que establecía el retorno a sus antiguos puestos de trabajo en el área pública con todos los beneficios jubilatorios a los que habían sido destituidos por militancia política.

El Estado buscará, con esta nueva ley de reparación integral, resarcir económica y asistencialmente, con programas de cobertura sanitaria y social, a aquellos uruguayos que fueron encarcelados, perseguidos, los que debieron vivir en forma clandestina debido a su actividad política o social, a los exiliados y a los familiares de los detenidos desaparecidos. Particularmente, estos últimos no han sido contemplados en ninguna de las leyes que se promulgaron en los años posteriores a la dictadura militar y hasta la fecha.

Según registros oficiales en poder del gobierno, son cientos los uruguayos que padecen secuelas físicas y psicológicas de los años en que padecieron persecución ideológica, cárcel o exilio. Muchos de estos casos patológicos han sido y son atendidos por organizaciones humanitarias pero, con la ley que el Poder Ejecutivo remitirá en marzo próximo, se busca agrupar a través del Sistema Nacional de Salud, la cobertura profesional médica de estos uruguayos.

El espíritu de la ley no difiere demasiado de las ya sancionadas, por lo que, para ser acogidos en la norma, deberá haber registros oficiales de haber estado detenido, de haberse visto obligado y por razones políticas o gremiales a ausentarse del país o de convivir clandestinamente a causa de la persecución ideológica. En el caso de los familiares de los desaparecidos, los requisitos no serán tan puntillosos como en los anteriores por razones obvias.

El proyecto de reparación integral tiene cinco puntos claros y específicos: primero el "perdón" del Estado por el terrorismo y las violaciones a los Derechos Humanos desarrollados entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero del año 1985 que se traduce en el reconocimiento explícito de haber cometido crímenes o delitos de lesa humanidad contra la población, segundo las garantías de no repetir la experiencia de quiebre constitucional, tercero la restitución de los derechos fundamentales y básicos de la ciudadanía, cuarto, la "dignificación" de las personas afectadas y quinto, la reparación económica y asistencial a ese universo de uruguayos no contemplados hasta el momento.

Fuente: La República






04 noviembre 2008

Sacándole punta al lápiz





Enviado por Crysol


Nuestros lectores vienen siendo debidamente informados de todo el proceso institucional que se ha estado discutiendo en estos últimos meses sobre un proyecto de Ley de Reparación a las Víctimas del Terrorismo de Estado.

Como no se trata de un tema menor, hemos informado de los distintos pasos que se han ido llevando adelante luego de cotejar debidamente la información. Se ha partido de dos hechos claros, indiscutibles: por un lado institucionalizar una reparación por parte del Estado y, dar respuesta a situaciones, en muchos casos acuciantes, que están viviendo muchos de los luchadores sociales. Existe un proyecto fruto, fundamentalmente del trabajo de tres legisladores que parece haber recogido un interesante consenso en la bancada frenteamplista y que recoge muchas de las limitaciones que contiene la ley 18.033, que instituyó una pensión a los ex presos por medio del BPS, equiparándolos a las pensiones graciables que dos por tres se votan en el Parlamento.

Craso error. Acá no se trata solamente de un tema económico, sino de concepción ideológica. Los ex presos y presas políticas no son pensionistas son víctimas del terrorismo de Estado. Esta confusión ideológica se trasunta hasta en algunos legisladores del gobierno. Hemos escuchado alguna manifestación en cuanto a que "no luchamos para que el gobierno terminara votándonos una pensión". Afirmación que es muy cierta. Como es cierto también que no se luchó para que ellos terminaran atornillados en la "colina Parlamento", durante las necesarias legislaturas que les aseguren una pensión interesante para toda la vida, ni tampoco para viajar ­pago por el Estado­ por el mundo. Nadie luchó ni sufrió tortura ni prisión por ninguno de los dos motivos. Sin embargo, las Naciones Unidas tienen definidas una serie de medidas que se deben adoptar para reparar situaciones como las que se vivieron en nuestro país y, casualmente , nuestro país es el único que no ha transitado ese camino.

Como la ley 18.033 de 2006 no contempló ni siquiera a los familiares de muertos en tortura, prisión, ni desaparecidos, ahora este nuevo proyecto busca, con gran amplitud, abarcar la mayor cantidad posible de situaciones vividas en esas oscuras épocas. Claro que el proyecto en estos momentos va y viene de Presidencia al Ministerio de Economía y Finanzas, analizando los costos del mismo. La primera reflexión que se nos ocurre es constatar qué lejos estamos de aquella alegría popular y solidaria que despertó entre los uruguayos la liberación del general Seregni, o la llegada de los hijos de los exiliados y qué decir de la decisión del entonces presidente Julio María Sanguinetti cuando resolvió amnistiar a los presos. Parecería que los pamperos han borrado recuerdos, han borrados memorias, han borrado solidaridades, han borrado principios que deberían ser imborrables.

Hoy priman mezquindades políticas que nos acercan a otras corrientes. Lo cierto es que el Ministerio de Economía le saca punta al lápiz para analizar el costo monetario de esta nueva ley que se proyecta y de las propuestas de aumentar la pensión de la ley 18.033 que resulta muy ajustada, para definirla benévolamente. Esperamos que, de tanto sacar punta al lápiz, no se queden sin lápiz. Por si acaso, humildemente sugerimos que, si falta dinero o hay poco para repartir entre las víctimas del terrorismo de Estado, como se hizo en otros países de la región, se recuerde que todos los responsables militares, todos los mandos de la época dictatorial, todos quienes llevaron adelante las prácticas de terrorismo de Estado están recibiendo una jubilación que supera los $ 120.000. ¿Los estamos premiando?.

No parece equilibrado que, para compensar a las víctimas del terrorismo, se esté tratando de dar lo menos posible y para quienes durante tantos años generaron y practicaron el terrorismo existan generosas jubilaciones por parte del Estado. La pregunta que surge es si en este terreno se estarán haciendo las cosas equilibradamente. Parecería que en realidad donde habría que sacar punta al lápiz, es sobre los ideólogos e instrumentadores del terrorismo y no sobre las víctimas que generaron. ¿Estaremos tan equivocados?






23 octubre 2008

Carta abierta a legisladores y legisladoras del Parlamento uruguayo






Amnistía Internacional Sección Uruguay, desea expresar su posición respecto a la petición de un amplio colectivo nacional sobre la necesidad de legislar en materia de reparación a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, ocurridas en nuestro pasado reciente –previas y durante la última dictadura uruguaya-.

El estado uruguayo debe reparar a las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos según lo manifestado por Naciones Unidas en su Resolución del 16 de noviembre de 2005, denominada - Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. (1)

Dicho documento establece: “Se dispone que conforme al derecho interno y al derecho internacional, se deberá tener en cuenta las circunstancias de cada caso y otorgar a las víctimas, de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación y a las circunstancias de cada caso, una reparación plena y efectiva, en las formas siguientes: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición preventiva”.

Nuestra organización tiene entre sus objetivos históricos el combate a la impunidad en sus tres vertientes, defendiendo el derecho a la verdad, el derecho a la justicia y el derecho a una reparación justa e integral.

Tenemos una visión holística de los Derechos Humanos y consideramos que la reparación está enmarcada dentro de la trilogía anterior. Si observamos la historia occidental de la segunda mitad del siglo pasado la reparación está incluida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y en variadas Convenciones Regionales e Internacionales (hacia ello apuntan por ejemplo el artículo 14 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el artículo 9 de la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, y el artículo 63 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos)

Desde el punto de vista de los estándares internacionales que resultan pertinentes en la materia, en 1989 le fue encomendado al profesor Theo Van Boven por las Naciones Unidas, un estudio sobre el derecho de restitución, compensación y rehabilitación de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, que ahora se conoce como los principios Van Boven y que son a) el acceso a la justicia b) reparación a los sufrimientos y c) acceso a toda la información concerniente a las violaciones de Derechos Humanos.

Amnistía Internacional publicitó un documento del 11 de junio de 2007 (2), donde hace algunas recomendaciones sobre políticas de reparación. Sumariamente una de ellas, se refiere a que se deben recoger los puntos de vista de las víctimas sobre las formas de reparación que necesitan para reconstruir sus vidas. Además de medidas de rehabilitación, indemnización y satisfacción, se recomiendan un amplio abanico de reparaciones de otra índole para las víctimas.

Entre estas medidas figuraran las encaminadas a impedir las violaciones ocurridas en el pasado –como la reforma de la legislación, de los procedimientos administrativos y de las prácticas, el reforzamiento del sistema judicial y la promoción de la educación en derechos humanos. Ninguna recomendación sobre reparaciones debe considerarse nunca una medida sustitutoria del procesamiento de los responsables ni impedir que las víctimas traten de obtener también indemnizaciones por via judicial.

Amnistía Internacional en el documento citado anteriormente señala: “El derecho a la verdad exige que los Estados faciliten información sobre las causas de los hechos que han comportado que una persona se haya convertido en víctima de una violación de derechos humanos; las razones, circunstancias y condiciones de la violaciones; sobre los avances y resultados de las investigaciones, la identidad de los responsables ( tanto subordinados como superiores) y, en caso de muerte o desaparición forzada, sobre la muerte y el paradero de las víctimas. Tanto en su dimensión individual como colectiva, el derecho a la verdad es inalienable y tiene sus características propias. Se debe considerar inderogable y no sujeto a limitaciones(3).

Las comisiones de esclarecimiento que han funcionado en Uruguay, como las Comisiones Parlamentarias de 1985, sobre los asesinatos de los ex – legisladores Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz; la Comisión Investigadora sobre la situación de personas desaparecidas y hechos que la motivaron; la Comisión para la Paz que funcionó entre 2000-2002 así como el estudio de un grupo de expertos encargado por el actual Poder Ejecutivo sobre los detenidos desaparecidos, han abierto algunos caminos, que es necesario profundizar. Para ello es necesaria la creación de un Mecanismo efectivo de acceso a la Verdad que contemple la verdad sobre todas las víctimas de las violaciones a derechos humanos ocurridas.

La organización insta a legisladores y legisladoras a dar pronto trámite a una legislación de reparación que cumpla con los deberes que el Estado uruguayo ha contraído en el plano nacional e internacional. Contribuyendo así al pleno respeto de todos los derechos humanos para todas las personas.

Amnistía Internacional, Sección Uruguay

Montevideo, 22 de octubre de 2008

oficina@amnistia.org.uy
www.amnistia.org.uy


(1) http://www2.ohchr.org/spanish/law/reparaciones.htm-

(2) POL 30/009/2007, Comisiones de Verdad

(3) POL /30/009/2007, pp. 5 y 6.