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Primero se llevaron a los comunistas pero a mí no me importó porque yo no era. En seguida se llevaron a unos obreros pero a mí no me importó porque yo tampoco era. Después detuvieron a los sindicalistas pero a mí no me importó porque yo no soy sindicalista. Luego apresaron a unos curas pero como yo no soy religioso tampoco me importó. Ahora me llevan a mí pero ya es tarde.
En la autopsia de los restos del militante comunista Ramón Peré, los forenses determinaron como causa de la muerte "disparo de arma de fuego, de pequeño calibre, probablemente un revólver 22, desde una distancia de 40 ó 50 metros. El proyectil ingresó por la región dorsal(espalda), impactó en la vértebra nº 11 y afectó el corazón. Además, Peré presentaba un fuerte golpe en el cráneo".
El juez Ruben Saravia procesó con prisión al coronel (r) Tranquilino Machado por el asesinato del militante Juan Ramón Peré. El abogado del militar, Miguel Langón, dijo a Montevideo Portal que se utilizó el "derecho penal del enemigo".
En conversación con Montevideo Portal el abogado del militar retirado, Miguel Langón, dijo que no esperaba esta decisión del juez: "Yo esperaba que algún día cambiara este derecho penal del enemigo".
Langón señaló que no se tomó en cuenta que el procesado reconoció en el momento que había sido él quien había disparado, a la vez que actuó bajo órdenes en una situación de enfrentamiento.
El abogado manifestó que el arma con la que Peré actuó se encontró en el lugar: "No es una muerte en un cuartel y se le dio asistencia. Una vez más un procesado sin pruebas. Se argumenta la peligrosidad, yo creo que nunca le vio la cara", agregó Langón que preparará en las próximas horas el documento de apelación del fallo
Machado tenía 24 años cuando ocurrió el hecho y se desempeñaba como alférez en el batallón Florida.
El hecho ocurrió durante la huelga general de 1973, cuando Peré ocupaba la Facultad de Veterinaria. Peré, que falleció tras recibir un disparo por la espalda, fue el primer muerto de la dictadura.
Se encontraba ocupando ese local en el marco, en protesta por el golpe de Estado y estaba repartiendo volantes con un compañero cerca de Facultad cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos vestidos de civil. Uno de los efectivos hizo fuego y una de las balas alcanzó a Peré.
Uno de los elementos centrales de la imputación fue la autopsia de los restos de Peré, en la que los forenses determinaron como causa de la muerte "disparo de arma de fuego, de pequeño calibre, probablemente un revólver 22, desde una distancia de 40 ó 50 metros".
"El proyectil ingresó por la región dorsal (espalda), impactó en la vértebra nº 11 y afectó el corazón. Además, Peré presentaba un fuerte golpe en el cráneo", señaló la autopsia difundida por el diario La República cuando se conoció el pedido del fiscal, en diciembre de 2010.
Ante el pedido fiscal de procesamiento con prisión del militar retirado Tranquilino Machado, por el homicidio de Ramón Peré, el Partido Comunista de Uruguay declara:
- Es un avance importante en el esclarecimiento de la verdad. Ramón Peré, militante comunista, estudiante de Veterinaria y Profesor de Secundaria, de 29 años y padre de dos hijos, fue el primer asesinado en dictadura. El 6 de julio de 1973, caía baleado por la espalda, cuando repartía volantes durante la huelga general en las inmediaciones de la Facultad que ocupaba junto a otros compañeros al llamado de la CNT y la FEUU.
- Hoy se conoce a su asesino y el pedido de su procesamiento con prisión constituye el primer paso hacia el logro de la justicia plena en este caso.
- Junto a los familiares y al pueblo que lo merece, valoramos esta y todas las actuaciones en tanto signifiquen que ningún crimen quede impune.
- Al mismo tiempo rechazamos –como lo hiciera el volante que en aquel julio de 1973 respondía, “miente la dictadura”, al comunicado oficial- la insolencia que la defensa del militar homicida esgrime pretendiendo dar por cierto que la muerte de Peré se produjo en un “enfrentamiento”. Los cómplices usan la mentira como escudo; nuestro escudo es la verdad y la justicia.
El abogado Oscar López Goldaracena, querellante en la causa por la muerte en 1973 del estudiante de Veterinaria y militante de la UJC, Ramón Peré, saludó el dictamen de la Fiscalía, por el cual se requirió el procesamiento de un oficial del Ejército Nacional, en situación de retiro, por su homicidio.
El fiscal Juan Gómez solicitó, días atrás, el procesamiento con prisión de un oficial del Ejército, en situación de retiro, por el "homicidio muy especialmente agravado" de Peré, en el entendido de estarse ante una "muerte inmotivada", producida por "el mero ejercicio de la fuerza", por parte de un agente del Estado.
En este sentido, el abogado compartió los argumentos del Ministerio Público, de los cuales diera cuenta La República en su edición de ayer, por cuanto "no hubo ningún enfrentamiento armado" entre Peré y los efectivos militares.
"Se probó que Ramón Peré nunca usó armas y que tenía un defecto físico en sus manos que le hubiera impedido sostenerlas", expresó López Goldaracena a este medio.
Peré se encontraba ocupando el local del centro de estudios, en el marco de la huelga general, convocada por el Pit-Cnt, en protesta por el golpe de Estado. El joven repartía volantes con un compañero en las inmediaciones del centro de estudios, cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos, vestidos de civil. Los jóvenes corrieron, y uno de los efectivos hizo fuego. Una de las balas alcanzó a Peré y le produjo la muerte. "El otro estudiante no fue alcanzado por los disparos y resultó un testigo fundamental para esclarecer los hechos, tanto en su declaración, en los careos y en la reconstrucción", explicó el abogado.
Por la espalda
El abogado Oscar López Goldaracena cuestionó la tesis esgrimida por el asesor jurídico del Centro Militar y abogado del oficial imputado, Miguel Langón, ante el juez Penal de 3º Turno, Sergio Torres, para bregar por la inocencia de su cliente. Langón afirmó ante el magistrado, que la muerte de Peré se produjo "en el marco de un enfrentamiento armado" con las fuerzas de seguridad.
"Acá hubo un asesinato por la espalda de una víctima inocente, por motivos políticos y con total indefensión (...) No se puede probar contra la realidad de lo que sucedió y tampoco se puede inventar contra la historia". Las únicas armas de Peré "eran sus ideas, y fue ultimado por la espalda y sin motivo. Los hechos no admiten dos lecturas", dijo López Goldaracena.
La muerte de Peré, por tanto, debería calificarse como "crimen de lesa humanidad", por cuanto se produjo en "un contexto de represión contra la población civil", lo cual no implica aplicar "normas penales hacia el pasado, sino de aplicar el derecho vigente en la época que ocurrieron los hechos, para todos los países del mundo". "Estas normas son inderogables para todos los Estados. No hay ni prescripciones, ni obediencia debida, ni caducidades, ni punto final para tan aberrantes crímenes", sentenció el abogado.
Asimismo, López Goldaracena señaló la necesidad de adoptar "medidas precautorias", en virtud de la no presencia del imputado ante la Sede cuando debía realizarse la "audiencia ratificatoria" (artículo 126 del CPP), tras el pedido de procesamiento. El oficial (r) no compareció por sufrir una "crisis cardíaca" al enterarse del pedido de procesamiento, por lo cual debió ser internado en el Hospital Militar.
"Estimamos que deberían adoptarse las medidas precautorias del caso para asegurar que el responsable no se escape, disponiéndose su custodia, el cierre de fronteras, la comprobación real de su estado de salud y de que sea interrogado por el juzgado lo antes posible", señaló el abogado.
Primer crimen de la dictadura. Pericia demuestra que el militante de la UJC fue asesinado por la espalda.
La Fiscalía solicitó el procesamiento de un oficial retirado del Ejército por el "homicidio muy especialmente agravado" del militante de la UJC, Ramón Peré. El dictamen expresa que la muerte fue "inmotivada", con un uso ilegítimo de la fuerza, por lo cual deben extenderse los plazos de prescripción.
El fiscal Juan Gómez solicitó, días atrás, el procesamiento con prisión de un oficial del Ejército, en situación de retiro, por el "homicidio muy especialmente agravado", en julio de 1973, del joven militante de la UJC Ramón Peré, muerto tras recibir un disparo por la espalda. Peré fue el primer muerto de la dictadura.
Peré, estudiante de la Facultad de Veterinaria y militante de la FEUU, se encontraba ocupando el local del centro de estudios, en el marco de la huelga general, convocada por el PIT-CNT en protesta por el golpe de Estado encabezado por el dictador Juan María Bordaberry.
El joven repartía volantes con un compañero en las inmediaciones del centro de estudios, cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos vestidos de civil. Los jóvenes corrieron, y uno de los efectivos hizo fuego. Una de las balas alcanzó a Peré y le produjo la muerte. El curso de la indagatoria determinó que ambos efectivos eran integrantes del Ejército Nacional, y no oficiales de Policía como se presumió desde el comienzo.
En este sentido, el representante del Ministerio Público analizó el voluminoso expediente y decidió solicitar el procesamiento del oficial, confeso autor de los disparos, por un delito de "homicidio muy especialmente agravado". En tanto, el fiscal descartó formular imputación contra el otro efectivo, por cuanto el único ilícito pasible de ser reprochado penalmente, "encubrimiento", está prescripto, según indicaron fuentes judiciales a La República.
El oficial debía prestar testimonio el pasado viernes ante el juez Penal de 3º Turno, Sergio Torres, en audiencia ratificatoria (artículo 126 del CPP), ante el pedido de procesamiento en su contra. Sin embargo, el asesor jurídico del Centro Militar y representante del oficial (r) en el proceso, Miguel Langón, interpuso un escrito solicitando prorrogar la audiencia por "motivos sanitarios".
El oficial sufrió una "crisis cardíaca" al enterarse del pedido de procesamiento, ante lo cual debió ser internado en el Hospital Militar, explicó Langón.
Rivera y Bustamante. En este lugar cayó el estudiante en julio de 1973.
"Muerte inmotivada"
Uno de los elementos centrales de la imputación de la Fiscalía fue la autopsia de los restos de Peré, desarrollada por una junta de peritos forenses del Instituto Técnico Forense (ITF), tras la exhumación de los restos dispuesta "de oficio" por el juez Torres, explicaron fuentes judiciales a La República.
Los forenses determinaron como causa de la muerte "disparo de arma de fuego, de pequeño calibre, probablemente un revólver 22, desde una distancia de 40 ó 50 metros. El proyectil ingresó por la región dorsal (espalda), impactó en la vértebra nº 11 y afectó el corazón. Además, Peré presentaba un fuerte golpe en el cráneo", explicaron otras fuentes consultadas. "La bala le destrozó el corazón", contaron las fuentes.
En este sentido, el fiscal Gómez solicitó el procesamiento con prisión del oficial, por cuanto realizó "un uso excesivo del poder del Estado". "La muerte fue inmotivada, fue producida por el mero hecho del ejercicio de la fuerza, en una acción desmedida por parte de un efectivo de un organismo con el monopolio exclusivo de la fuerza". La gravedad del delito y el accionar con "grave sevicia" del imputado supuso la elevación en un tercio de los plazos de prescripción, señalaron las fuentes.
En tanto, Langón interpuso ante el juez Torres otro escrito cuestionando la vista de la Fiscalía, por cuanto la muerte de Peré se habría producido "en el marco de un enfrentamiento armado" con las fuerzas de seguridad, según explicó el abogado a La República.
El imputado "era una alférez de 24 años, del Batallón Florida, el cual actuó bajo legítima defensa, en el marco de un enfrentamiento armado", y "por obediencia debida". Asimismo, "aunque se estuviera ante un caso de homicidio no puede sostenerse la brutal ferocidad" de sus acciones, por lo cual el caso estaría prescripto, señaló Langón. Las pericias y testimonios recabados por el juez Torres determinaron que ni Peré ni su compañero estaban armados, según la Fiscalía.