21 diciembre 2006

HASTA NUNCA!!!!!!!!!!

NUEVO PROCESAMIENTO Al EX-DICTADOR


La jueza Graciela Gatti procesó con prisión al ex dictador, Juan María Bordaberry, por diez homicidios, que se suman a los de Michelini, Gutiérrez Ruiz Whitelaw y Barredo. La causa de atentado a la Constitución se consideró prescripta.


En conversación con Montevideo Portal, la abogada Hebe Martínez Burlé expresó su alegría por el fallo de la jueza aunque presentó sus discrepancias con la decisión de entender prescripto el delito de atentado a la Constitución.

"Si bien lo esperábamos para ahora, lo que nos causó sorpresa fue que no lo procesaran por el golpe de Estado. Se habla de prescripción pero con todo respeto a la magistrado no coincidimos en absoluto que haya prescripto".

Martínez Burlé explicó que la ley establece que los delitos considerados de gravedad se eleva un tercio el tiempo de prescripción lo que extendería el plazo a 27 años, y no veinte como fueron considerados. Asimismo resaltó que la denuncia fue presentada hace cuatro años, por lo que en caso que no se agregue un tercio al plazo, tampoco habría prescripto, aunque existen doctrinas contradictorias en cuanto a si el hecho de presentar la denuncia interrumpe o no el tiempo de prescripción.

"Y si no es delito de gravedad, haber violado la Constitución (...) si algún caso amerita que se aplique la extensión de la prescripción es en este caso en el que se ha violado el bien mayor que tiene la nación", agregó Martínez Burlé anunciando que la fiscal apelaría el fallo de Gatti.

Consultada sobre qué incidencia tenía la victoria del Frente Amplio en el fallo del Poder Judicial, tomando en cuenta que al tratarse de un caso que nunca fue considerado dentro de la Ley de Caducidad no existe conexión legal entre ambos poderes, Burlé respondió: "El Poder Ejecutivo no tuvo ninguna incidencia porque esto ocurrió en el año 1973; cuando Bordaberry dio el golpe de Estado el Partido Nacional presentó denuncia y se pidió juicio político a Bordaberry, pero obviamente no había Cámaras, por lo que juicio político era imposible. En1985 se volvió a presentar la denuncia y la Suprema Corte de Justicia en ese momento, haciendo una lectura muy restringida dijo que como no había habido juicio político no se podía hacer, cosa ridícula dado que el juicio político era absolutamente imposible de hacer. Y en el 2002 la Corte entendió que como no había podido haber juicio político correspondía que se hiciera el proceso como a cualquier ciudadano que violó la Constitución. Si yo creyera que hubo incidencia no creería en la independencia del Poder Judicial".

El viernes Bordaberry había concurrido a declarar por la causa, junto a José Gavazzo y el director del Inda, Uberfil Monzón. La declaración de este último fue una de las piezas fundamentales que dieron prueba de que existía coordinación de entre los países del Cono Sur en los crímenes contra los militantes de izquierda, incluso antes de la llegada de Bordaberry a la presidencia.

Otro de los elementos claves que presentaron los abogados denunciantes, Walter De Léon y Hebe Martínez Burlé, fue la grabación de un discurso del dictador civil a fin de año de 1974 en el que promete impunidad a los militares que violaron los derechos humanos en la dictadura.

"Y esto no es materia de juicios, la democracia no llega hasta eso, mi obligación es darles esa tranquilidad", dijo Juan María Bordaberry durante aquel discurso.

Otro testimonio importante para la causa fue el brindado por el periodista Roger Rodríguez, quien dio cuenta de varios casos de traslados y asesinatos en 1974, antes de que comenzara la dictadura en Argentina.

Rodríguez menciona a los militantes Viana y Julio Abreu que serán citados por la Justicia.

Entre los homicidios de los que se encontró co-autor a Bordaberry -en el sentido de que existe encubrimiento previo al asesinato- se encuentran los cinco militantes muertos que aparecieron en la ciudad de Soca el 20 de dicemebre de 1974.

También se destacable la participación de Carlos Osorio, del National Security Archive que presentó varios documentos que prueban la coordinación con Inteligencia del Gobieirno de Estados Unidos en una política de terrorismo de estado en el Cono sur, enmarcada por Estados Unidos en lo que, en algunos casos se consideraba como "la tercera guerra mundial" (la guerra fría).

Asimismo las declaraciones de Oscar Destouet buscaron la comprobación del grado de organización oficial de los crímenes cometidos en el Cono Sur, al señalar que varias armas de grueso calibre fueron trasladas por valija diplomática a la embajada de Uruguay en Buenos Aires.

En este punto, Gatti recibió documentación que comprobaría que lo expresado por Destouet es erróneo y que el documento es un inventario de las armas de la Embajada y no un envío por valija diplomática.

En el fallo de la jueza se menciona el informe de 1975 realizado por Amnistía Internacional en el que se destaca que en nuestro país uno de cada 500 habitantes sufría privación de libertad por motivos políticos y uno de cada 50 había sido interrogado o detenido. Uruguay tenía el índice per cápita más alto de América Latina, en lo que refiere a prisioneros políticos.

Amnistía Internacional publicó una lista de 22 personas asesinadas durante la "presidencia" de Juan María Bordaberry.

En coincidencia con los informes de Amnistía Internacional y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Américanos, el ex Comandante en Jefe del Ejército Ángel Bertolotti reconoció, cuando el presidente Tabaré Vázquez le pidió información sobre el destino de los desapareciddos, que en muchos casos cuando se cometía un asesinato se informaba a la Justicia que el militante se había fugado: "Cuando un detenido fallecía antes, durante, o después de los interrogatorios no se daba intervención a la Justicia y en algunos casos se le comunicaba que se había producido una fuga, lo que determinaba un comunicado solicitando su detención, habiendo el ciudadano fallecido con anterioridad".

Respecto al grado de participación de Juan María Bordaberry, la jueza Gatti concluye que "no existen pruebas que demuestren que el indagado hubiera dado órdenes de asesinar o torturar debiendo tenerse presente que el procesamiento del mismo obedece a otros fundamentos".

"La prueba allegada al proceso sí demuestra que el indagado sabía lo que pasaba, esto es que conocía la existencia de un plan de coordinación y que existía además una política de sistemática violación de los derechos humanos de los detenidos, que en algunos casos llevara a algunos de ellos a la muerte (...) Más allá de que no participara en operativos concretos (lo que es evidente) o no fuera informado puntualmente de los operativos que llevaban a cabo las Fuerzas Armadas, Boradaberry no podía ignorar lo que estaba pasando, pese a lo cual, su actitud fue de no hacer nada ya que pensaba que tales denuncias eran parte de una 'Campaña internacional'", agrega Gatti.

Estas consideraciones son contrastadas por la jueza con declaraciones del propio Bordaberry en el libro de Ángel Campodónico: "Quiero que quede definitivamente claro. Yo nunca consideré que debía estar directamente en las acciones típicamente militares. Nunca, sí en cambio que debía ser consultado en aquellos asuntos que debían tener una trascendencia oficial. Y en muchas cosas era consultado. Pero yo no quería saber cómo iban a hacer los militares para llevar adelante el operativo".

Al explicar la prescripción de la denuncia por atentado a la Constitución, Gatti afirma que el tiempo que debe computarse es a partir de 1985, desde donde comenzaron a darse las garantías para un proceso justo. Sin embargo, a pesar de ello, el plazo habría vencido en marzo de 2005.

El fallo también aclara que la responsabilidad de Boradaberry se da en la medida en que se sistematizó la violación a los derechos humanos como elemento de la estrategia represiva del Estado. "No se va a culpar penalmente a éste o a un ministro por el exceso que pueda cometer por ejemplo un funcionario policial en una comisaría. Pero en el caso la situación no era igual. No se trataba de un hecho aislado era una forma de actuación que se tornó normal en las Fuerzas Conjuntas".

Carlos Arévalo nació el 30 de junio de 1906, fue detenido cuando tenía 60 años el 15 de diciembre de 1975, en horas de la noche en su casa. Carlos era jubilado de peluquero y estaba afiliado al Partido Comunista. Lo asesinaron el 4 de marzo de 1976.

José Arpino Vega nació el siete de enero de 1927 tenía 47 años cuando fue secuestrado en su domicilio de Delta de Tigre. Vega era integrante del Partido Comunista. Los informes militares indicaban que sus restos habían sido enterrados en la Chacra de Pando, pero no fueron encontrados allí.

Eduardo Pérez tenía 24 años cuando se lo llevaron. Nacido el 13 de octubre de 1950, Pérez pertenecía al Movimiento de Liberación Nacional. Fue desaparecido en Montevideo y asesinado el 10 de mayo de 1974.

Luis Eduardo González fue secuestrado con 22 años, estaba casado y jugaba en el club de Plaza de Colonia. Integrante del Partido Comunista Revolucionario fue asesinado el 26 de diciembre de 1974, antes debió ver como torturaban a su esposa que fue secuestrada junto a él.

Juan Manuel Brieba era integrante del Partido Comunista, tenía 38 años cuando fue secuestrado en su casa, el 30 de octubre de 1975. Durante el operativo interrogaron a su madre y destrozaron toda la vivienda, y robaron dinero y elecrodomésticos. El 4 de noviembre de 1975, lo asesinaron.

Fernando Miranda era docente de la Facultad de Derecho e integrante del Frente de Izquierda de Liberación Nacional. Lo secuestraron en su casa el 30 de noviembre de 1975 y lo mataron entre el 1 y 2 de diciembre de ese año. Sus restos fueron hallados en el batallón 13.

Julio Correa era empleado portuario e integrante del Partido Comunista. Fue secuestrado en su casa de Montevideo cuando tenía 56 años. Cuando fueron a buscarlo su hija de 16 años, su esposa y una tía de 90 años dormían y no presenciaron el rapto. Lo asesinaron el 18 de diciembre de 1975.

Otemín Montes de Oca fue secuestrado a la 01.30 de la madrugada en su domicilio por una veintena de militares que llevaron a Otemín al fondo de la casa mientras un grupo de militares custodiaba a su esposa y cuatro hijos. Lo mataron el 20 de diciembre de 1975.

Horacio Gelós era Obrero de la Construcción y edil suplente de la Junta Departamental de Maldonado. Cuando lo raptaron tenía 32 años. Militante del Frente de Izquierda de Liberación Nacional fue asesinado el 6 de enero de 1976.

Ubagesner Chávez Sosa fue detenido en la calle Vahimaca, mientras entregaba un regalo para unos vecinos a las cinco de la tarde del 28 de mayo de 1976. Fue torturado en la base BOISSO LANZA y asesinado entre el 1 y 2 de junio de 1976. Sus restos fueron hallados en la chacra de Pando.


Fuente:Montevideo Portal



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