El abogado Oscar López Goldaracena, querellante en la causa por la muerte en 1973 del estudiante de Veterinaria y militante de la UJC, Ramón Peré, saludó el dictamen de la Fiscalía, por el cual se requirió el procesamiento de un oficial del Ejército Nacional, en situación de retiro, por su homicidio.El fiscal Juan Gómez solicitó, días atrás, el procesamiento con prisión de un oficial del Ejército, en situación de retiro, por el "homicidio muy especialmente agravado" de Peré, en el entendido de estarse ante una "muerte inmotivada", producida por "el mero ejercicio de la fuerza", por parte de un agente del Estado.
En este sentido, el abogado compartió los argumentos del Ministerio Público, de los cuales diera cuenta La República en su edición de ayer, por cuanto "no hubo ningún enfrentamiento armado" entre Peré y los efectivos militares.
"Se probó que Ramón Peré nunca usó armas y que tenía un defecto físico en sus manos que le hubiera impedido sostenerlas", expresó López Goldaracena a este medio.
Peré se encontraba ocupando el local del centro de estudios, en el marco de la huelga general, convocada por el Pit-Cnt, en protesta por el golpe de Estado. El joven repartía volantes con un compañero en las inmediaciones del centro de estudios, cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos, vestidos de civil. Los jóvenes corrieron, y uno de los efectivos hizo fuego. Una de las balas alcanzó a Peré y le produjo la muerte. "El otro estudiante no fue alcanzado por los disparos y resultó un testigo fundamental para esclarecer los hechos, tanto en su declaración, en los careos y en la reconstrucción", explicó el abogado.
Por la espaldaEl abogado Oscar López Goldaracena cuestionó la tesis esgrimida por el asesor jurídico del Centro Militar y abogado del oficial imputado, Miguel Langón, ante el juez Penal de 3º Turno, Sergio Torres, para bregar por la inocencia de su cliente. Langón afirmó ante el magistrado, que la muerte de Peré se produjo "en el marco de un enfrentamiento armado" con las fuerzas de seguridad.
"Acá hubo un asesinato por la espalda de una víctima inocente, por motivos políticos y con total indefensión (...) No se puede probar contra la realidad de lo que sucedió y tampoco se puede inventar contra la historia". Las únicas armas de Peré "eran sus ideas, y fue ultimado por la espalda y sin motivo. Los hechos no admiten dos lecturas", dijo López Goldaracena.
La muerte de Peré, por tanto, debería calificarse como "crimen de lesa humanidad", por cuanto se produjo en "un contexto de represión contra la población civil", lo cual no implica aplicar "normas penales hacia el pasado, sino de aplicar el derecho vigente en la época que ocurrieron los hechos, para todos los países del mundo". "Estas normas son inderogables para todos los Estados. No hay ni prescripciones, ni obediencia debida, ni caducidades, ni punto final para tan aberrantes crímenes", sentenció el abogado.
Asimismo, López Goldaracena señaló la necesidad de adoptar "medidas precautorias", en virtud de la no presencia del imputado ante la Sede cuando debía realizarse la "audiencia ratificatoria" (artículo 126 del CPP), tras el pedido de procesamiento. El oficial (r) no compareció por sufrir una "crisis cardíaca" al enterarse del pedido de procesamiento, por lo cual debió ser internado en el Hospital Militar.
"Estimamos que deberían adoptarse las medidas precautorias del caso para asegurar que el responsable no se escape, disponiéndose su custodia, el cierre de fronteras, la comprobación real de su estado de salud y de que sea interrogado por el juzgado lo antes posible", señaló el abogado.
Fuente: La República
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